Requisitos para cumplir con el trámite de artefactos dañados.
 Estar registrado como Socio y no posee deuda vencida con la Cooperativa.
 El damnificado debe ser titular del contrato vigente al momento de producirse el
daño.
 El reclamo podrá ser iniciado por un tercero en representación del titular,
adjuntando documentación que acredite el vínculo familiar con el titular y
justificación (certificado de defunción o incapacidad).
 Realizar el reclamo dentro de las 48 horas hábiles de provocado el siniestro.
 Si el contrato se encuentra a nombre de una persona jurídica, solo aquellos con
representación legal vigente podrán realizar el mismo. En caso de no poseerla,
podrás iniciar la misma en tramites “REPRESENTACIÓN Y
AUTORIZACIONES”
 Todos los artefactos eléctricos de la vivienda deberán estar debidamente
declarados ante la Cooperativa, previo al momento del siniestro y debidamente
actualizada al momento del desperfecto.
 El reclamo debe realizarse dentro de las 48 hs hábiles posteriores al siniestro. Solo
el titular puede realizar el trámite fuera de término, justificando con certificado de
incapacidad o viaje.
Como continua el trámite.
Una vez ingresado el reclamo. Nuestro personal analizará si el mismo fue iniciado
correctamente. Es decir, que hayas cumplido con todos los requisitos correspondientes.
En caso de estar correcto se analizarán eventos de posibles fallas en la fecha y contrato
indicados. Una vez analizado el reclamo, se informará si el mismo es imputable o no a
la empresa, basado en el punto 2.3.6 del Reglamento de comercialización de la energía
eléctrica “DAÑOS A BIENES DEL USUARIO”.
En caso de corresponder, se solicitará la documentación mencionada en el punto
siguiente y un representante de la empresa te visitará para constatar los artefactos
reclamados.
De no hacer lugar al reclamo, se informarán los motivos por los cuales no se procederá
al reconocimiento de los mismos.
Carga de documentación.
 Se deberá presentar un INFORME TÉCNICO. Donde se detallen los daños
producidos en el/los artefactos dañados, e indicar si los mismos son reparables o
no.
 Presupuestos de las reparaciones para los artefactos reclamados. El presupuesto
deberá incluir nombre comercial, CUIL o CUIT y dirección del técnico que
efectuará la reparación. Además, dejar constancia del nombre y apellido del titular
del suministro vigente y los datos del artefacto dañado (modelo, marca y tipo).
Asimismo, En caso de que alguno de los artefactos dañados “no tenga reparación”
por destrucción total o por repuestos inexistentes, adjuntar el presupuesto o
factura por un artefacto similar nuevo.